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POLÍTICAS DE GARANTÍA
Los servicios prestados por el laboratorio corresponden a una obligación de medio, en los términos de la legislación colombiana, por lo cual no se garantiza un resultado clínico específico, dado que el éxito final depende de factores biológicos, clínicos y de manejo por parte del profesional tratante y del paciente.
Alcance de la Garantía
El laboratorio garantiza exclusivamente defectos atribuibles a fallas de fabricación, materiales o procesos técnicos, dentro de los términos aquí establecidos.
Término de Garantía
Se otorga un término de garantía de seis (6) meses, contados a partir de la fecha de entrega del trabajo, siempre que:
- La factura se encuentre totalmente cancelada.
- El trabajo no haya sido alterado por terceros.
- Se cumplan las condiciones técnicas de uso.
Para la procedencia de la garantía, se requiere:
- Presentación del caso con soporte (trabajo original).
- Evaluación técnica por parte del laboratorio.
- Evidencia de correcta manipulación clínica.
Exclusiones Expresas de Garantía
- Lentes y carillas en sistema E-Max Press, por depender de procesos clínicos de cementación.
- Prótesis totales y parciales en cuanto a retención, por depender de condiciones anatómicas del paciente.
- Mala praxis clínica.
- Ajustes indebidos.
- Transporte inadecuado.
- Manipulación por terceros.
- Condiciones biológicas del paciente.
El laboratorio podrá realizar ajustes o repeticiones sin costo únicamente cuando:
- Se soliciten dentro del periodo de garantía.
- Se entregue el trabajo original.
- Se determine falla atribuible al laboratorio.
POLÍTICA DE FACTURACIÓN Y CARTERA
- Todo trabajo será facturado conforme a la normatividad vigente.
- Los descuentos otorgados estarán sujetos a pago oportuno.
- Los precios podrán ser modificados sin previo aviso, sin afectar órdenes ya aceptadas.
- Las facturas vencidas generarán intereses de mora a la máxima tasa legal permitida.
- El laboratorio podrá suspender servicios en caso de mora.
- Se podrán iniciar procesos de cobro prejurídico y jurídico.
- Los costos derivados del cobro serán asumidos por el cliente.
Si un trabajo permanece en estado de prueba o sin continuidad por más de treinta (30) días, el laboratorio queda facultado para:
- Facturar proporcionalmente el avance del trabajo.
- Disponer del caso sin responsabilidad posterior.
POLÍTICA DE CALIDAD
El laboratorio garantiza procesos bajo estándares de calidad, utilizando tecnología certificada y talento humano calificado.
- Uso de materiales avalados y certificados.
- Cumplimiento de protocolos técnicos.
- Control de calidad interno previo a la entrega.
- Mejora continua de procesos.
Trabajamos con equipos de última generación tecnológica que nos permiten obtener excelentes trabajos de alta precisión.
Las calidades de nuestros trabajos están sustentadas con un personal altamente capacitado, tanto en las áreas técnicas como administrativas.
Nos caracterizamos por el respeto en los protocolos de tiempos necesarios en los diferentes procesos de fabricación de nuestros trabajos, con unos estándares de alta calidad en los materiales.
POLÍTICA DE SERVICIO
Todo trabajo deberá contar con prescripción profesional, conforme a la normativa vigente.
La información suministrada por el profesional es de su exclusiva responsabilidad.
La Asistencia Técnica Deberá ser solicitada previamente.
Está sujeta a disponibilidad.
El cliente asume la elección de la compañía transportadora, el valor del flete y el riesgo del transporte.
El laboratorio no responde por daños, pérdidas o retrasos atribuibles a terceros transportadores.
De acuerdo a la Resolución No. 214 de febrero 15 de 2022 emanada por el Ministerio de Salud, los profesionales de la odontología, deben solicitar nuestros servicios con una Prescripción de los trabajos.
Las asistencias técnicas deben ser acordadas previamente al celular asignado para Atención al Profesional.
Los trabajos extra rápidos tienen un recargo del 30% sobre el valor de la factura.
Tiempos de Entrega
Se cumplirán conforme a lo acordado, y podrán variar por:
- Complejidad del caso.
- Ajustes requeridos.
- Fuerza mayor o caso fortuito.
LIMITACIÓN GENERAL DE RESPONSABILIDAD
El laboratorio no será responsable por:
- Resultados clínicos finales.
- Decisiones del profesional tratante.
- Condiciones biológicas del paciente.
- Uso indebido del producto.
La responsabilidad se limita estrictamente al reprocesamiento técnico cuando haya lugar.
CLÁUSULA DE INDEMNIDAD
EL CLIENTE mantendrá indemne al LABORATORIO frente a cualquier reclamación, demanda o perjuicio derivado de:
- Actos clínicos.
- Diagnósticos.
- Manejo del paciente.
- Uso del dispositivo.
Incluyendo gastos legales, honorarios y condenas.
RESPONSABILIDAD PROFESIONAL
La interpretación diagnóstica corresponde exclusivamente al profesional tratante.
El laboratorio actúa como apoyo diagnóstico.
Se brindará acompañamiento técnico sin que ello implique responsabilidad clínica directa.
Beneficios de las impresiones digitales
Tres motivos importantes por los que debe enviar sus impresiones digitales
Soporte
Nuestro equipo digital está totalmente capacitado en todos los sistemas para ayudarlo a comenzar rápidamente con su primer caso.
En caso necesario, nuestro equipo está disponible para trabajar con usted y su personal para utilizar al máximo su escáner.
Ahorro
Ahorre dinero con sus impresiones digitales.
Elimine los costos de envío de las impresiones solicitadas con tiempos de entrega más rápidos.
Precisión
Las coronas personalizadas hechas a partir de impresiones digitales tienen tasas de éxito superiores en comparación con coronas basadas en modelos hechas a partir de impresiones convencionales
- Reducción en repetición.
- Problemas en los márgenes.
- Problemas de ajuste.
- Reducción en repeticiones por oclusión alta.
MARCO NORMATIVO GENERAL
El presente manual se fundamenta en:
- Ley 35 de 1989 – Ética del Odontólogo.
- Ley 23 de 1981 – Ética en salud.
- Ley 100 de 1993 y Ley 1438 de 2011.
- Ley 1480 de 2011 – Estatuto del Consumidor
- Ley 1581 de 2012 – Protección de datos personales.
- Decreto 780 de 2016 – Decreto Único del Sector Salud.
- Resolución 3100 de 2019 – Habilitación de servicios de salud.
- Resolución 1995 de 1999 – Historia clínica.
- Circular 047 de 2007 – Protección de datos en salud.
- Normas de responsabilidad civil profesional.
